Ordenanza Nº 072/00 – Charter Ferreo Autorizando al DE a su adquisición

Ordenanza Nº 072/00 – Charter Ferreo Autorizando al DE a su adquisición

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1° Autorizase al Departamento Ejecutivo a implementar el Servicio de Transporte de Pasajeros utilizando las vías Ferréas del ex – Ferrocarril General Bartolomé Mitre, entre las Estaciones de Capilla del Señor y Diego Gaynor, Partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 2° Autorizase al Departamento Ejecutivo a adquirir el vehículo mencionado en el artículo precedente con recursos propios o a través de la gestión de subsidios ante el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
 
Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a realizar el gasto correspondiente al acondicionamiento del vehículo mencionado en el Artículo 1º para circular por las vías del ferrocarril.
 
Artículo 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a gestionar ante las autoridades de T.B.A. o Ferrocarriles Pampeanos según corresponda, el uso de las vías férreas entre las localidades de Diego Gaynor y Capilla del Señor.
 
Artículo 5º: Los horarios del Tren de Pasajeros entre las localidades de Diego Gaynor y Capilla del Señor, como asi también el costo del Boleto si lo hubiese serán determinados por el Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 6º:
Autorizase al Departamento Ejecutivo, a reglamentar los aspectos no previstos en la presente Ordenanza.

Artículo 7º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dieciocho días del mes de Diciembre de dos mil.

Registrada Bajo el Nº 072/2000

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