El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1° Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I – Sección A – Manzana 46 – Parcela 12 – Partida Inmobiliaria 10856, del Partido de Exaltación de la Cruz, según Expte. 4036-12320/00.-
Artículo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.-
Artículo 3º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cuatro días del mes de Diciembre de dos mil.