El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1° Donase a la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, los inmuebles designados catastralmente como: Circunscripción II –Sección M – Manzana 51c – Parcelas 8 y10, destinadas al Jardín de Infantes Nº 902, cuyas medidas, superficies y linderos surgen del plano 31-16-85.-
Artículo 2° Donase a la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II , Sección M, Manzana 51c, Parcela 7, destinado al Anexo Los Cardales de la Escuela Diferenciada Nº 501, cuyas medidas, superficies y linderos surgen del plano características 31-16-85.
Artículo 3º Derogase las Ordenanzas 54/85 y 33/87.-
Artículo 4º Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de otorgar la Escritura Traslativa de dominio.-
Artículo 5º De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Agosto de dos mil.