Ordenanza Nº 001/00 – Autorización para instalar antena de telefonía en La Loma

Ordenanza Nº 001/00 – Autorización para instalar antena de telefonía en La Loma

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase la construcción de una Antena Autoportante para transmisiones por Ondas, de acuerdo a la solicitud realizada por la Compañía de Telefonía Celular NEXTEL ARGENTINA S.R.L., mediante Expediente Municipal Nº 4036-11466/00.

Ubicación: Circunscripción I, Sección C, Chacra 6, Fracción I, Parcela 1a.
Construcción: Torre Autoportante para el sostén del mástil arriostrado de 90 Metros de altura.

3 riendas de 60 metros de longitud, con sus correspondientes anclajes.
Sala de Equipos de 20 metros cuadrados, construida en mampostería, protegida con alambre perimetral olímpico.  

Artículo 2º: La habilitación de esta antena será por un término de (5) Cinco años a partir de la promulgación de la presente, y podrá prorrogarse por otro período igual, previa solicitud de la Empresa.

Artículo 3º: La Empresa deberá mejorar con tosca y escoria la calle Independencia desde el pavimento existente hasta el acceso al predio que ocupara la antena a que hace referencia el Artículo 1º.

Artículo 4º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a reglamentar todos los aspectos no previstos en la presente como así también al cobro del canon que fije la Ordenanza respectiva.

Artículo 5º: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Febrero de 2000.

Registrada Bajo el Nº 001/2000

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