El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Declárase de Interés social la Escrituración del bien inmueble designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección “Q”, Manzana 194, Parcela 1, Partida Inmobiliaria 4266, Inscripción de dominio: F° 150/68, del Partido de Exaltación de la Cruz, Según Expediente. 4036-10657/99, (Valor del terreno $ 2.600. pagadero en 26 cuotas de PESOS CIEN, ($100), iguales, mensuales y consecutivas.
Articulo 2° Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la respectiva Escritura Traslativa de Dominio del Inmueble a que se refiere él articulo anterior.
Articulo 3° De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil uno.