Ordenanza Nº 030/01 – Autorización de instalación por via excepción de una antena en el predio

Ordenanza Nº 030/01 – Autorización de instalación por via excepción de una antena en el predio

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase por vía de excepción, dado que el lugar de instalación es limite con zona rural y además con poca densidad de población, la instalación de una Antena Autoportante para transmisiones por Ondas, de acuerdo a la solicitud realizada por la Compañía Telefónica del Interior, (CTI), mediante Expediente Municipal Nº 4036-12790/01.

Ubicación: Circunscripción I, Sección E, Manzana 17, Parcelas 1 a 14.
Construcción: Torre Autoportante para el sostén del mástil arriostrado de 60 Metros de altura.

Artículo 2º: La habilitación de esta antena será por un término de (5) Cinco años, a partir de la promulgación de la presente.

Artículo 3º: La Empresa deberá mejorar con tosca y escoria la calle de acceso hasta el mencionado predio.

Artículo 4º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a reglamentar todos los aspectos no previstos en la presente como así también al cobro del canon que fije la Ordenanza respectiva.

Artículo 5º:  De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los seis días del mes de Agosto de 2001.

Registrada Bajo el Nº 030/2001

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