Ordenanza Nº 090/05 – Proliferacion de pilas

Ordenanza Nº 090/05 – Proliferacion de pilas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Teniendo en cuenta la proliferación masiva de celulares, walkman relojes electrónicos y muchos aparatos mas que funcionan con pilas o baterías.-
 
Artículo 2°:
Que una vez cumplida su vida útil terminan en una bolsa de residuos y estas en basurales en contacto con la tierra cerca de las napas freaticas.-

Artículo 3°: Sabiendo que una pila de reloj o similar puede contaminar mas de 100.000 litros de agua potable.-

Artículo 4°:
De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de Octubre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 090/2005.

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