Ordenanza Nº 006/08 – Modificación de la Ordenanza Nº 100-07 Modificando el Codigo de Planiamiento

Ordenanza Nº 006/08 – Modificación de la Ordenanza Nº 100-07 Modificando el Codigo de Planiamiento

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Modificase el artículo 11º, de la Ordenanza 100/07, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Localidad: Parada Robles

Artículo 11º: Se establece para los predios afectados a Zona XREbb, denominados catastralmentel como: Circ. III, par-celas 644b, 644c, 644d, 645b, 645c, 646, 668c, 668d, 668e, 668f, 668g, 671a, 672, 673, 674, 675, 693d, 694a, 694b, 695a, 710b, 714a, 715a, 716, 717a, 717b, 718, // 719, Circ. IV, parcelas 723, 724a, 726a, 727a, 725a, 725d, 734a, 734b, 735, 736a, 736b, 736c, 736d, 737, 738, 739, 740, 741, 756,757, 758a, 758b, 767a, 768a, 768b, 768a, 771a, 771b, 774k, los siguientes indicadores urbanísticos:

Subdivisión del suelo:
Lote mínimo para nuevas subdivisiones
Frente mínimo 40 metros
Superficie 5.000mts2.

Incorporase a la Zona XREbb, a las parcelas 1430b, 1430c, 1458a, 1458b, 1471d, 1471f, 1466a, 1466b, adoptando los indicadores citado en el párrafo precedente.

Solo se podrá admitir un 20% de la superficie total, parcelas de dimensiones actuales (30 metros de frente y 1.500mts2.- de superficie) para la zona XREbb, cuando el emprendimiento supera las 100has.

El resto de los indicadores mantendrán los índices urbanísticos establecidos en el Código de Ordenamiento Territorial Ordenanza 60/97 y sus modificatorias.

Artículo 2º: De Forma.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Marzo de dos mil ocho.

Registrada Bajo el N° 006/08.

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