Ordenanza Nº 079/05 – Construccion Polideportivo de Capilla del Señor

Ordenanza Nº 079/05 – Construccion Polideportivo de Capilla del Señor

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Crease la “ Comisión Pro-Construccion del Polideportivo de Capilla del Señor”, la cual quedara constituida por las personas que oportunamente se designen por Decreto del Departamento Ejecutivo, sujeto a su ratificación por parte del Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 2°: Serán funciones de la comisión creada por el Articulo 1°, las siguientes:

a) Redactar su reglamento de funcionamiento interno.
b) Recaudar los fondos para la construcción del Polideportivo, pudiendo para ello solicitar donaciones, organizar rifas, ofrecer bonos contribución y ejecutar todo tipo de acciones tendientes al logro de esta objetivo.
c) Elaboración del proyecto, dirección y ejecución de las obras. Para el cumplimiento de este ítem, deberá contar con apoya técnico de la Secretaria de Obras y Servicios Publicos de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.
d) Propiciar la constitución de una Asociación Civil sin fines de lucro.
e) Todas las demás tareas que fueran necesarias para laconcreción de esta obra.

Artículo 3°: A los efectos de la recepción de las donaciones, cuando sean en dinero efectivo o cheques, estos valores deberán depositarse en una cuenta corriente que la Municipalidad abrirá a ese efecto. Por cada donación, se emitirá el correspondiente recibo oficial de la Municipalidad, donde deberá constar el destino que han de tener esos fondos, bajo la leyenda “ Recibo en concepto de donación para la construcción del Polideportivo de Capilla del Señor”, los que serán devueltos a sus donantes en caso que el proyecto no se concretara.

Artículo 4°: Los fondos depositados en la cuenta corriente a que hace referencia el Articulo 3° serán entregados a la “ Comisión Proconstrucción del Polideportivo de Capilla del Señor” en función de los requerimientos que efectúe, la cual deberá rendir cuenta del uso que haga de los mismos, en los términos de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Artículo 5°: Cuando las donaciones sean en especie, la Comisión hará el respectivo inventario se lo entregara a la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad la cual extenderá el respectivo comprobante oficial, para entregar al donante.

Artículo 6°:
Para la realización del Polideportivo a que hace referencia esta Ordenanza, afectase el inmueble ubicado en la ciudad de Capilla del Señor, catastrado como: Circ. VI, Secc. R, Parcela 1355D, Matricula N° 15886, Partida Inmobil. N° 29497, parcela resultante del Plano características 31-17-99.

Artículo 7°: En condiciones de habilitarse total o parcialmente las instalaciones del Polideportivo, la Municipalidad conferirá su uso y ocupación gratuita a la Asociación Civil con personería jurídica que se constituya a tal fin, que será la encargada de la administración, cuidado y funcionamiento de las mismas.

Artículo 8°: Facultase al Departamento Ejecutivo a reglamentar los aspectos no previstos en la presente Ordenanza, que agilicen las acciones tendientes al logro del objetivo propuesto.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Septiembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 079/2005.

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