El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Modificase el Articulo 2° de la Ordenanza Municipal N° 042/2004 modificatoria de la Ordenanza Municipal N° 015/2004, el que quedara redactado de la siguiente manera:
Articulo 2°: La donación dispuesta en el articulo anterior será destinada a la construcción de un nuevo sistema de bombeo de agua potable.-
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiséis días del mes de Septiembre de dos mil cinco.