Ordenanza Nº 106/02 – Autorizar al Departamento Ejecutivo a condonar deudas de Inmuebles

Ordenanza Nº 106/02 – Autorizar al Departamento Ejecutivo a condonar deudas de Inmuebles

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas de los inmuebles designados Catastralmente como:

 CIRC.   SECC.  MZA.  PARC
 II  P  1  a 26
 II  P  1  a 33
 II  P  3  a 33
 II  P  1  a 8/11 a 15/18 a 29
 II  P  1  a 19/17 a 21
 II  P  1  a 3/5 a 8/11 a 21

 
Articulo 2°: La condonación a que hace referencia el Artículo 1°, será procedente si el titular de los inmuebles transfiere a la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, los inmuebles designados Catastralmente como:

 CIRC.    SECC.  MZA.   PARC
 II  P  1  a 27
 II  P  1  a 4/6 a 20/23 a 25
 II P  1  a 16/20 a 29

 
Articulo 3°: La Escritura traslativa de dominio se tramitará a través de la Escribanía General de Gobierno.

Articulo 4°: Los gastos que demanden la transferencia del dominio a favor del Municipio, como asimismo las deudas por impuestos Provinciales, serán a cargo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.

Articulo 5°: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a los efectos del pago de la tasa de servicios generales, considerar como unificadas administrativamente a partir de la 1° cuota de 2003 y por un periodo de nueve bimestre, las parcelas mencionadas en el artículo 1°. La unificación dispuesta quedará sujeta al estricto cumplimiento del pago de la tasa correspondientes y presentación de los planos ante los Organismos competentes en la materia.

Articulo 6°: Derógase la Ordenanza N° 76/98 de fecha 21 de Diciembre de 1998.

Articulo 7°: De forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los treinta días del mes de Diciembre de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 106-2002

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