Ordenanza Nº 081/02 – ref. a numerar las alturas de las calles de Parada Roble (4°)

Ordenanza Nº 081/02 – ref. a numerar las alturas de las calles de Parada Roble (4°)

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá numerar las alturas de los distintos barrios de parada Robles (Cuartel 4°).

Articulo 2°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de Octubre de dos mil dos.

Registrada Bajo el Nº 081/2002

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