Ordenanza Nº 083/03 – Autorizando a aceptar terrenos de la Macarena

Ordenanza Nº 083/03 – Autorizando a aceptar terrenos de la Macarena

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Articulo 1°: Acéptase la compensación ofrecida por Inversora Capilla S.A. de acuerdo a lo establecido en el articulo 6° del Decreto Provincial N° 27, en relación a la Urbanización del Barrio Cerrado “La Macarena”, tramitada mediante Expediente Administrativo N° 4036-10835/99 y Alcance I.

Articulo 2°: La aceptación dispuesta en el articulo anterior, queda subordinada a la transferencia a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz de los inmuebles ubicados en la localidad de Arroyo de la Cruz, designados Catastralmente como: Circunscripción III, Sección G, Quinta 2, Parcelas 6,7,8,9 y 10 y Diego Gaynor designados Catastralmente como: Circunscripción VI, Sección B, Manzana 1, Parcela 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, Circunscripción VI, Sección B, Manzana 3, Parcelas 3a y 4, Circunscripción VI, Sección B, Manzana 2, Parcelas 1, 2, 3 y 4, Circunscripción VI, Sección B, Manzana 3, Parcelas 3a y 4a, Circunscripción VI, Sección B, Manzana 4, Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, la que no podrá exceder de sesenta (60) días, contados a partir de la sanción de la presente Ordenanza.

Articulo 3°: De Forma.

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil tres.

Registrada Bajo el Nº 083/2003

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