Ordenanza Nº 061/05 – Adhesion de la M. Ex. de la Cruz al Plan Financ. Const. Viviendas

Ordenanza Nº 061/05 – Adhesion de la M. Ex. de la Cruz al Plan Financ. Const. Viviendas

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, al Plan de Financiamiento de Construcción de Viviendas establecido por él Decreto N° 365/05 dictado por el Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires.  

Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio que determine la autoridad de aplicación, tendiente a obtener el financiamiento para la construcción de viviendas.

Artículo 3°: Autorizase al Sr. Intendente Municipal a suscribir con los beneficiarios del programa , los instrumentos legales que garanticen al Municipio el recupero del financiamiento realizado.

Artículo 4°:
Aféctense los fondos de Coparticipación Provincial que correspondan a este Municipio, en garantía del cumplimiento del aporte financiero, autorizándose a l Instituto de la Vivienda a retener las sumas necesarias para cubrir el pago de amortizaciones e intereses, hasta cancelar el monto otorgado.  

Artículo 5°: Apruébese el listado que como Anexo I y II acompaña a la presente, donde se indica situación dominial de terreno, titularidad y beneficiario del Programa al que adhiere esta Ordenanza.

Artículo 6°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecinueve días del mes de Septiembre de dos mil cinco.

Registrada Bajo el N° 061/2005.

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