El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase el 100% de la tasa de Servicios Generales por discapacidad de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 102/2004 al inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección D, Qta.3, Mza.3D, Pda. 21, perteneciente a la Sra. Alicia Caraballo.-
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Septiembre de dos mil cinco.