El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Derógase la Ordenanza registrada bajo el Nro. 030/2002
Articulo 2° Transfiérase en carácter oneroso el dominio de la calle pública de tierra, indicado en el plano que forma parte del Expte. 4036-11011/99, cuyo recorrido involucra a las parcelas 1488, 1489, 1490, 1491, 1492, 1493,1494, 1495, 1496, 1497, de la Circunscripción VII – Sección Rural.
Articulo 3° Fijase el precio de la parcela a ceder, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 1°, en la suma de Pesos veintisiete mil novecientos ochenta y tres con 49/100 ($ 27.983,49), los que serán aportados en un plazo no mayor de 5 días a partir de la sanción de la presente.
Articulo 4° Desaféctase del dominio publico la calle indicada en el Articulo 1°.
Articulo 5° Autorízase la Departamento Ejecutivo a suscribir el respectivo contrato, como así también a realizar los actos administrativos que fueran necesarios para su desafectación del dominio público.
Articulo 6° Todos los gastos administrativo que demande la transferencia del dominio como así el plano de mensura de la calle en cuestión serán soportados por el solicitante.
Articulo 7° Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
Articulo 8° De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintiún días del mes de julio de dos mil tres.