El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1°: Acéptase la donación a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, Según Resolución N° 83 sancionada por el ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos (Instituto de la Vivienda), con fecha 5 de septiembre de 2002, modificatoria del Art. 1° del Decreto Provincial N° 3938, de los siguientes bienes inmuebles.
Nomenclatura Catastral:
Circunscripción II, Sección F, Manzana 127, Parcelas 1 y 9, Manzana 132, Parcela 7, Manzana 133, Parcela 8 y 16, Manzana 136, Parcelas 5 y 7, Manzana 137, Parcelas 1 y 4, Manzana 139, Parcela 7 y Manzana 140, Parcelas 1, 8, 9, 10, 11, 11, 12, 13, 14, 15, y 16.
Articulo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo y a sus efectos archívese.
Articulo 3°: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los cinco días del mes de mayo de dos mil tres.