El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Articulo 1° Adhiérase a los términos del Decreto N° 1696/02, publicado en el Boletín Oficial con fecha 06/08/2002, que dispone la puesta en vigencia de un régimen de compensaciones entre los Aportes y Contribuciones que se deben ingresar al Instituto Obra Medico Asistencia (IOMA) y el gasto en prestaciones Médicas brindadas a los afiliados del sistema.
Articulo 2° Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el convenio respectivo y los estados de deuda a la fecha de su puesta en vigencia, en los términos que dispone dicho Decreto.
Articulo 3° De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Enero de dos mil tres.