Ordenanza Nº 063/04 – Eximiendo de la tasa de servicios generales a CEDEMIL

Ordenanza Nº 063/04 – Eximiendo de la tasa de servicios generales a CEDEMIL

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Exímase el 100% del pago de la Tasa de Servicios Generales y la habilitación Municipal a la Fundación CEDEMIL, designada catastralmente como: lote 23 y chacra o lote 24 y los lotes de terrenos N° 5,6,2,3 y 4 de la Mza. 12ª y N° 11,12 y 13 de la Mza. 12b. Lote 23 nomenclat. C.II, S.M, Parcela 17, Pda. Inm. 031-6502-1. Lote 6 C.II, S.M, Mza. 7, Parcela 18, Pda. Inm. 031-6503-0. Lote 2 C.II, S.M, Mza. 7, Pärcela 14, Pda. Inm. 031-6499-8. Lote 3 C.II, S.M, Mza. 7, Parcela 15, Pda. Inm. 031-6500-5. Lote 4 C.II, S.M, Mza. 7, Parcela 16, Pda. Inm. 031-6501-3. Lote 11 C.II, S.M, Mza. 8, Parcela 11, Pda. Inm. 031-6522. Lote 12 C.II, S.M, Mza. 8, Parcela 12, Pda. Inm. 031-6523-4. Lote 13 C.II, S.M, Mza. 8, Parcela 13, Pda. Inm. 031-6524-2.

Artículo 2°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los nueve días del mes de Noviembre del año dos mil cuatro.

Registrada Bajo el N° 063/2004.

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