El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, Habilitación Municipal y Tasa de Seguridad e Higiene de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 20 / 2002, al inmueble designado catastralmente como: C.I, S.A, Mza. 21, Parcela 2e, perteneciente al Sr. Muñoz, Daniel.-
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Octubre del año dos mil cuatro.