El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Exímase el 100 % del pago de la Tasa de Servicios Generales, Habilitación Municipal y Tasa de Seguridad e Higiene de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza N° 020/2002, al inmueble designado catastralmente como: C. III, S. M, Qta. 46, Parcela 15, Pda. Inm. 22.346, perteneciente al Sr. Perrino, Livio José (para la instalación de un autoservicio).-
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Octubre del año dos mil cuatro.