El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Declárese de interés social la escrituración de los inmuebles ubicados en la ciudad de Capilla del Señor, catastrados como: Circunscripción I, Sección D, Quinta 4, Parcelas 35,36,37,38 y 39ª, Partidas Inmobiliarias 12.179, 12.180, 12.181, 12.182 y 12.183.-
Artículo 2°: A los efectos de la transferencia a favor del Municipio de los inmuebles mencionados en el artículo 1° que antecede, solicítese la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 3°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Octubre del año dos mil cuatro.