El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a los términos dispuestos por la Ley Provincial Nº 13.210 de la Policía Comunal de Seguridad.
Artículo 2°: Ratifíquese el Convenio suscripto entre el Municipio y el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires en orden a la adhesión dispuesta en el artículo 1º.
Artículo 3°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Septiembre del año dos mil cuatro.