Ordenanza Nº 044/04 – Erradicacion de Transformadores con PCB

Ordenanza Nº 044/04 – Erradicacion de Transformadores con PCB

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Dispóngase la erradicación de todo transformador eléctrico con componentes refrigerantes de los deno-minados Askareles (PCB) en el ámbito del Partido de Exaltación de la Cruz.

Artículo 2°: Las Empresas prestatarias de servicio eléctrico en el ámbito local, deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1°, dentro de los treinta (30) días siguientes de la notificación de la presente Ordenanza. En el plazo deberá identificar visiblemente los que se encuentren libres de la sustancia.

Artículo 3°: Para el traslado de los transformadores, las empresas de-berán dar cumplimiento a las leyes y reglamentaciones de orden Nacional y/o Provincial en materia de transporte de sustancias peligrosas, informando a la Municipalidad dentro de las 48 horas de producido, la disposición final de los mismos.  

Artículo 4°: El presente se dicta sujeto a ratificación por parte del Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 5°: De forma.-

Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil cuatro.

Registrada Bajo el N° 044/2004.

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