El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Derógase el Artículo 3° de la Ordenanza 107 / 2002, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Autorízase al D.E. a entregar a la cedente de los lotes mencionados en el Artículo 1 los inmuebles designados catastralmente como: C.III, S. Q, Mza. 3, Parcelas 1,2,3 y 22. Los gastos que demande la transferencia de dominio a favor de la cedente, como asimismo las deudas por impuestos provinciales, serán a cargo de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz.-
Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar las deudas de los inmuebles designados catastralmente como: C.III, S. Q, Mza. 3, Parcelas 1,2,3 y 22.-
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Artículo 4°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los diecisiete días del mes de Agosto del año dos mil cuatro.