El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1: Exímase del pago de patente a los ciclomotores, motonetas, cuatriciclos, motocicletas de más de 20 (veinte) años.
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los dos días del mes de Agosto del año dos mil cuatro.
Registrada Bajo el N° 025/2004.