El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Transfiérase a la Cooperativa de Servicios Públicos COPESEL una fracción de terreno con una superficie de 400 mts. 2, designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección R, Manzana 80, forma parte de la Parcela 4, ubicada con rumbo NE, lindera a la Parcela 1.
Artículo 2°: La citada fracción será destinada a colocar un nuevo sistema de bombeo, para abastecer con agua potable por red a los barrios circundantes.
Artículo 3°: La cesión se realizará con carácter gratuito, correspondiendo a COPESEL hacerse cargo de todos los gastos administrativos de la escritura traslativa de dominio, como así también la mensura y división.
Artículo 4°: La Cooperativa se compromete a un plazo no mayor a 60 días a contar desde la finalización de la instalación del sistema de bombeo, a cercar la fracción cedida en todo su perímetro con alambre olímpico con el correspondiente portón de acceso, de madera de impedir el ingreso de terceros al predio.
Artículo 5°: Otórguese a partir de la fecha de la sanción de la presente Orde nanza la posesión de la fracción de el terreno mencionada en el artículo 1°.
Artículo 6°: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticuatro días del mes de Mayo de dos mil cuatro.