El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las actuaciones conducentes a la incorporación de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a la Federación Argentina de Municipios ( F A M ), en los términos del artículo 4 de la Ley Nacional N° 24.807.
Artículo 2°: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los trece días del mes de Abril de dos mil cuatro.