El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adquirir, mediante la compensación total o parcial de deuda de Tasas Municipales hasta la 6º cuota de 2006, los inmuebles ubicados en el Bº Arturo Mateo de la Localidad de Parada Robles, catastrados como: C. IV, S.H, Mza. 98, Parcelas 7,8,9,10,11,12,13,20,21,22,23,24,25 y 26.-
Artículo 2°: Los inmuebles mencionados serán destinados a la construcción de viviendas de carácter social.-
Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo queda autorizado a realizar los gastos que fueran inherentes para escriturar los inmuebles a su favor y /o de los beneficiarios.-
Artículo 4°: Declárese de interés social la escrituración de los inmuebles descriptos en el artículo 1º y solicítese la intervención de la Escribania General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a esos efectos.-
Artículo 5°: De forma.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.