Ordenanza Nº 117/06 – Adquirir inmuebles en Barrio Arturo Mateo

Ordenanza Nº 117/06 – Adquirir inmuebles en Barrio Arturo Mateo

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a adquirir, mediante la compensación total o parcial de deuda de Tasas Municipales hasta la 6º cuota de 2006, los inmuebles ubicados en el Bº Arturo Mateo de la Localidad de Parada Robles, catastrados como: C. IV, S.H, Mza. 98, Parcelas 7,8,9,10,11,12,13,20,21,22,23,24,25 y 26.-

Artículo 2°: Los inmuebles mencionados serán destinados a la construcción de viviendas de carácter social.-

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo queda autorizado a realizar los gastos que fueran inherentes para escriturar los inmuebles a su favor y /o de los beneficiarios.-

Artículo 4°: Declárese de interés social la escrituración de los inmuebles descriptos en el artículo 1º y solicítese la intervención de la Escribania General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a esos efectos.-

Artículo 5°: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 117/06.

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