El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Transfiérase a la Cooperaiva de Servicios Públicos (COPESEL), una Fracción de terreno con una superficie de 686.25 mts2. designada catastralmente como: Circunscripción II, Sección L, Manzana 1, Parcela 4b, Partida 29796.-
Artículo 2º: La citada fracción será destinada a colocar un nuevo sistema de Bombeo e impulsión, el cual será interconectado con el actual servicio.-
Artículo 3º: La transferencia del bien descripto en el artículo 1º de la presente, se realizará con carácter gratuito.-
Artículo 4º: Declárese de Interés Social la escrituración del bien inmueble indicado en el artículo 11 de la presente, a tal efecto requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 5º: Derógase la Ordenanza Nº 59/98.-
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Diciembre de dos mil seis.