Ordenanza Nº 102/06 – Delegar en Coop. Hospi Carnavales 2007

Ordenanza Nº 102/06 – Delegar en Coop. Hospi Carnavales 2007

El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Delegase en la Cooperadora del Hospital San José, la organización de la festividad de los Carnavales 2007 en la ciudad de Capilla del Señor.-

Artículo 2º: Determínase como espacio público para el desarrollo de los eventos, la calle Carlos Pellegrini entre San Martín e Irigoyen, calles laterales y Paseo de las Américas.-

Artículo 3º: Fíjase en un máximo de cinco (5) las noches de las festividades de Carnaval, entre los meses de Enero y Febrero de 2007, antes del comienzo de la cuaresma pascual, cuya determinación estará a cargo de la Cooperadora citada en el Artículo 1º.-

Artículo 4º: Fíjase el valor de las entradas en un máximo de $ 8 para mayores y $ 5 para niños.-

Artículo 5º: La Cooperadora del Hospital San José queda autorizada para ceder en alquiler, en forma total o parcial a favor de terceros, el uso del espacio público, otorgar concesiones de cantinas, conceder derechos de publicidad, permiso de venta de cotillón y toda otra explotación comercial inherente a los eventos, siendo lo recaudado por dichos conceptos a su total beneficio.-

Artículo 6º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado para solventar los gastos de seguro, seguridad fuera del predio, disponer su cerramiento y contribuir a la publicidad de los eventos.-

Artículo 7º: La organizadora deberá presentar al Departamento Ejecutivo el cronograma de festejos y su contenido, con una antelación de 30 días.

Artículo 8º: Deberá estar señalizado el ingreso de ambulancia y bomberos por posibles accidentes.-

Artículo 9º: De forma.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los once días del mes de Diciembre de dos mil seis.

Registrada Bajo el N° 102/06.

 

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