Ordenanza Nº3010-23 Declarar interes municipal deporte Pickleball

Ordenanza Nº3010-23 Declarar interes municipal deporte Pickleball

Corresponde Expediente Nº4036-1368/23-HCD

VISTO:
Que el Distrito de Exaltación de la Cruz, cuenta con las primeras canchas profesionales de un nuevo deporte llamado PICKLEBALL, Y

CONSIDERANDO:
Que, el pickleball fue creado en los Estados Unidos durante el verano de 1965 en Bainbridge Island, cerca de Seattle, en el Estado de Washington, EEUU. La intención al crear el Pickleball era diseñar un nuevo deporte que fuese divertido, desafiante y que todo el mundo lo pudiese jugar,
Que, el pickleball es un deporte en constante crecimiento. La nueva disciplina que combina elemento del bádminton, el tenis de mesa, el tenis y el padle, suma mas adeptos y cada vez mas leyendas se suman a los torneos.
Que, cerca de 9 millones de jugadores practican esta actividad en Estados Unidos, y si bien no goza de la misma popularidad en otras latitudes, paulatinamente comienza a expandirse y a ganar terreno en diferentes países. Se juega bastante en Canadá, España, México, India, Brasil y en Argentina se advierte un incipiente desarrollo.
Que, pocos deportes se pueden considerar mas inclusivos que el pickleball, lo puede practicar todo el mundo; pueden coincidir perfectamente tres generaciones en una misma pista, abuelos, padres e hijos, ya que por las características del juego lo permiten.
Que, la importancia de resaltar el papel que la práctica deportiva puede jugar como motor de desarrollo y cambio social. El deporte es una de las herramientas de comunicación más poderosas del mundo, gracias a la atracción universal y su increíble capacidad de convocatoria.
Que, el deporte es mas que una actividad física. Para los niños la practica del deporte supone disfrutar de un derecho, el derecho al juego y al esparcimiento, pero además cumplir con algunas de las responsabilidades como ciudadanos y como personas: respetarse y respetar a los demás por encima de todo, respetar las normas, y resolver los conflictos desde la no violencia. Es por ello importante darles a conocer a los niños, las niñas y adolescentes del Distrito de este nuevo deporte, ya que es muy dinámico, divertido, inclusivo y de fácil aprendizaje.
Que, este nuevo deporte que se ofrece como un juego sin limite de edad, ni diferencias de sexo, ya hizo pie en la Argentina, y nuestro Distrito cuenta con canchas profesionales en la localidad de Los Cardales, ya que en Chacra TALO, sus propietarias se propusieron traer esta disciplina que va ganando tanta popularidad por ser divertida y fácil de aprender.
Que, los impulsadores de esta Ordenanza, el Concejal Chirstian Alonso y la Concejal Patricia Guglielmotti Moreira, consideran fundamental promover todas aquellas iniciativas que acerquen a nuestros vecinos a los deportes y a las actividades sanas, en equipo y con amigos, tal como lo demuestra ser este deporte.

Por lo expuesto, El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

                                                ORDENANZA

ARTÍCULO Nº 1: DECLARESE de Interés Municipal, el nuevo deporte llamado:
PICKLEBALL, instalado en Chacra Talo como: Pickleball Mas Bue-
nos Aires, en la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la
Cruz. –

ARTÍCULO Nº 2: Remítase copia de la presente Ordenanza a Jefatura Distrital del Parti-
do de Exaltación de la Cruz, y por su intermedio a los establecimientos
educativos, a fin de que los alumnos tomen conocimiento de este nue-
vo deporte y despertar interés en su práctica. –

ARTÍCULO Nº 3: Diríjase copia de la presente Ordenanza a todos los Distritos de la se-
Segunda Sección Electoral. –

ARTÍCULO Nº 4 Dese a conocer a todos los medios de comunicación, ya sea prensa
grafica y escrita, radio y televisión, medios online (sitos Web o medios
de comunicación social).-

ARTÍCULO Nº 5: Los Vistos y Considerandos forman parte integrante de la presente
Ordenanza. –

ARTICULO Nº 6: Regístrese, dese al Boletín Municipal, hecho, Archívese.-

ARTICULO Nº 7: DE FORMA. –

                             DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante
                             del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del 
                             Señor, provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de no-
                             viembre del 2023.-


                              Registrada como Ordenanza Nº 3010/23.-




        Nancy Noemi Luchtenberg                                                                        Fernando Emmanuel Martínez
          Secretaria Legislativa                                                                                          Presidente 
    Honorable Concejo Deliberante                                                                  Honorable Concejo Deliberante 
         Exaltación de la Cruz                                                                                   Exaltación de la Cruz 

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