El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Exaltación de la Cruz a la Ley Provincial N° 13.295, debiendo el Departamento Ejecutivo adoptar todas las medidas necesarias que permiten el cumplimiento de lo allí dispuesto.-
Artículo 2°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintisiete días del mes de Junio de dos mil cinco.-