Ordenanza N°2959-23 Excepción al Código de Zonificación a favor de Signos Ecuestres

Ordenanza N°2959-23 Excepción al Código de Zonificación a favor de Signos Ecuestres

Corresponde Expediente Nº 4036-1281/23-HCD

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACION DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO N° 1: OTORGUESE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza la excepción al Código de Zonificación, exclusivamente por el uso, por el termino de 2 (dos) años, a favor de ASOCIACION CIVIL SIGNOS ECUESTRES, CUIT: 30-71785525-2 para el emprendimiento de “Servicios de Animales, Equinoterapia”, sito en Ruta Ruta N°8 Km. 76 (Predio FATICA), de Parada Robles, cuya ubicacion catastral es: Circunscripción IV, Sección R, Parcela 777, Partida Inmobiliaria N°031-1121, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTICULO N° 2: DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires a los dieciocho días del mes de abril de 2023.-


Registrada como Ordenanza N°2959/23.-

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