Ordenanza Nº 2932-22 – Licencia vacaciones Intendente

Ordenanza Nº 2932-22 – Licencia vacaciones Intendente

Corresponde Expediente N°4036-1223/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° OTORGAR Licencia por Vacaciones en favor del Señor INTENDENTE MUNICIPL, Lic. Diego Eduardo NANNI, DNI N°25.731.685, titular del Departamento Ejecutivo Municipal, de la MUNICIPALIDAD de EXALTACION de la CRUZ, por el termino de 21 días, a partir del 23 de Enero de 2023 hasta el 13 de Febrero del mismo año inclusive.-

ARTÍCULO 2° HABILITAR, a que se ponga en funciones como Intendente Municipal Interino, en los términos que se refiere la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 (t.v.), al Señor CONCEJAL Ing. Gustavo Fabián CANDIA, titular del DNI N°29.505.566, a que a partir de la fecha establecida en el Artículo 1° de la presente y mientras dure la Licencia del Sr. Intendente Municipal Lic. Diego Eduardo NANNI; a cargo del Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 3° HABILITAR, a que en los términos que indica la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 (t.v.), en sus Artículos 16,19 (segunda parte) 87,88 y cctes de la mencionada, se ponga en funciones al Señor Concejal Suplente, en reemplazo del Señor Concejal Ing. Gustavo Fabián CANDIA, a que por igual periodo y condiciones y/o mientras dure la Licencia del Señor Intendente Municipal, a que se hace referencia en los Artículos precedentes de la presente Ordenanza.-

ARTÍCULO 4° EN CASO, de que el Señor titular del Departamento Ejecutivo Municipal, se haga cargo de sus funciones de Intendente Municipal, antes del

periodo establecido en el Articulo 1ro. de la presente Ordenanza, este deberá comunicar en forma oficial al Honorable Concejo Deliberante, que ha cortado el uso de su licencia, y que reasume sus funciones, en los términos de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6769/58 (t.v.).

ARTÍCULO 5° NOTIFICAR la presente Ordenanza al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales competentes lo dispuesto por la misma.-

ARTÍCULO 6° DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil veintidós.-

Registrado como Ordenanza N° 2932/22.-

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