Ordenanza Nº 2927-22 – Convenio SOCIEDAD RURAL-MUNICIPALIDAD

Ordenanza Nº 2927-22 – Convenio SOCIEDAD RURAL-MUNICIPALIDAD

Correspondiente al Expediente N°4036-1219/2022-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° RATIFICAR el CONVENIO suscripto entre la SOCIEDAD RURAL DE EXALTACION DE LA CRUZ -CAMPANA – MUNICIPALIDAD de EXALTACION DE LA CRUZ, representada por su INTENDENTE MUNICIPAL LIC. DIEGO EDUARDO NANNI, para implementar el mejoramiento del servicio público de vialidad rural, desde ruta 193 hasta el Paraje Gobernador Andonaegui (Camino 031-07).-

ARTÍCULO 2° AUTORIZAR al DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, a la intervención de la vía publica para los trabajos de Ejecución de las Obras de mejoramientos destinados al servicio de vialidad rural, en las localidades que hace referencia en el Articulo precedente.-

ARTÍCULO 3° DESIGNAR de la Comisión de Hacienda un Concejal, para la Intervención den la Comisión Vecinal.-

ARTÍCULO 4° DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la ciudad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de noviembre de dos mil veintidós.-

Registrada como Ordenanza Nro. 2927/22.-

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