Ordenanza Nº 2919-22 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Grupo Rio Mayor S

Ordenanza Nº 2919-22 – Excepción al Código de Zonificación a favor de Grupo Rio Mayor S

Corresponde Expediente N°4036-1198/22-HCD

El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación, exclusivamente sobre el uso, por el término de dos años (2 años) a la Razón Social GRUPO RIO MAYOR S.A; titular del C.U.I.T. N° 30-70794504-0, quien instalará un emprendimiento del rubro “Restaurante de Campo N.C.P.” en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción II, Parcela 504, Sección Rural, Partida Inmobiliaria N° 031-001060, Ruta 6 Los Cardos,de la localidad de Los Cardales, Partido de Exaltación de la Cruz.-

ARTÍCULO 2° DE FORMA.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, de la ciudad de capilla del Señor, del Partido de Exaltación de la Cruz, Provincia de Buenos Aires, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil veintidós.-

Registrada como Ordenanza N°2919/22.-

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