El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Modifícase la Escala Salarial autorizada según Artículo 7º de la ORDENANZA DE PRESUPUESTO Nº 111/2005, promulgada por Decreto Nº 340/2005, la que incluye un incremento del 10% sobre los salarios básicos de convenio, a partir del 01/07/2006.-
Artículo 2º: Modifícase el valor del jornal establecido en el Artículo 4º de la Mencionada Ordenanza, quedando establecido en $ 14.85 a partir del 01/07/06.-
Articulo 3°: Cúmplase, comuníquese, desé al registro de Decretos y archívese.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los siete días del mes de Agosto de dos mil seis.
Registrada Bajo el N° 048/2006.