El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Autorízase al D.E. a mantener las condiciones de la entrega precaria en custodia, de la vivienda con frente a la calle Juana Azurduy Nº 1145 , a favor del Sr. Julio Fernández, D.N.I. Nº 1. 793. 323 oportunamente entregada , en función de las causas de salud esgrimidas.
Artículo 2º: Desaparecidas las causas que ameritan la autorización conferida por el artículo 1º, se deberá entregar la vivienda, libre de ocupantes a favor de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, para destinarla conforme en Plan bajo cual fue construida.-
Artículo 3º: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los doce días del mes de Junio de dos mil seis.