El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar por un plazo de 180 (ciento ochenta ) días contados a partir de la promulgación de la presente, la realización de corte y doblado de alambres metálicos, en el inmueble ubicado en la localidad de Los Cardales designado como: CII, SL, Mza. 76, Parc. 1a, cuya habilitación se encuentra a nombre de Preform S.R.L., tramitada mediante Expediente Nº 4036-15507/03.
Artículo 2º: Previo al otorgamiento del plazo dispuesto por el Artículo 1º, el beneficiario deberá renunciar a invocar como derecho adquirido la excepción dispuesta, que sin notificación de ninguna naturaleza, por el mero transcurso del tiempo, cesará toda actividad industrial y/o comercial en el citado predio operando de pleno derecho de caducidad de todo plazo de excepción.-
Artículo 3º: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintinueve días del mes de Mayo de dos mil seis.-