El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Declárese de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios frentistas y/o poseedores a título de dueño de las parcelas directamente beneficiadas por la construcción de obras de gas en los Barrios: Ing. Marín, San José, Esperanza, La Loma, La Boca, Villa Constantini y Chacras de Martín Fierro, todos en la localidad de Capilla del Señor y el Barrio Pavón en la localidad de Pavón y apruébase el Sistema de Contribución de Mejoras. El Municipio emitirá los Certificados de Deuda para cada contribuyente y comenzará a percibir el tributo en cuestión, a partir de la habilitación comercial de las obras, en cada localidad.
Artículo 2º: De forma.
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los quince días del mes de Mayo de dos mil seis.-