Ordenanza Nº 2901-22 Creacion Centro Educativo Agrario Gaynor

Ordenanza Nº 2901-22 Creacion Centro Educativo Agrario Gaynor


                                                       Correspondiente Expediente N°4036-1147/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a que lleve adelante con los actores del ámbito de Educación sea Jefe Distrital y/o Concejo Escolar y mediante La Unidad Ejecutora de Gestión Distrital (UEGD), las gestiones necesarias para obtener la resolución de creación del Centro Educativo Agrario.-
    
ARTÍCULO 2°    Facúltese a este Cuerpo de Concejeros de ser parte de la Unidad Ejecutora de Gestión Distrital (UEGD) si así lo permitiera la misma para ser parte de la gestión de la creación del Centro Agrario Educativo.-
    
ARTÍCULO 3°    Destinese por parte del Ejecutivo una partida afectada exclusiva del Fondo Educativo en monto suficiente de la partida anual para realizar las mejoras y arreglos estructurales del edificio del Centro Educativo para la Producción Total y para el mantenimiento de la totalidad del inmueble que se trabajara en conjunto con el Concejo Escolar.-
    
ARTÍCULO 4° 
   DE FORMA.-
    
    
    DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los seis días del mes de setiembre de dos mil veintidós.-
    
    

Registrado como Ordenanza N°2901/22.-

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