Ordenanza Nº 2883-22 – Creacion mesa local intersectorial violencia de genero en Ex.Cruz

Ordenanza Nº 2883-22 – Creacion mesa local intersectorial violencia de genero en Ex.Cruz

                                                                Corresponde Expediente N°4036-1143/2022-HCD

 
El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA


ARTÍCULO 1°
    CREASE en el ámbito del Municipio de Exaltación de la Cruz, la “Mesa Local Intersectorial para la prevención y abordaje de las violencias por razones de género en Exaltación de la Cruz”.-
    
ARTÍCULO 2°  
 Sera objetivo de la “Mesa Local Intersectorial para la prevención y abordaje de las violencias por razones de género en Exaltación de la Cruz”, lograr un trabajo articulado entre las diferentes instancias institucionales que la integran con el objeto de analizar, diseñar, planear, evaluar e implementar acciones específicas y diseño de políticas públicas en relación al abordaje y la prevención de las violencias por razones de genero.-
    
ARTÍCULO 3°    La Mesa Local Intersectorial estará conformada de manera representativa por todas las áreas del Municipio, Organismos Provinciales en el territorio, Organismos Nacionales, Organizaciones Políticas, Sociales, ONG, Sindicatos y Actores/as sociales y representantes del Poder Legislativo Municipal, que propicien un entramado territorial de acción y una planificación estratégica colectiva que aborden directa o indirectamente las violencias por razones de género en el ámbito del Distrito de Exaltación de la Cruz.-
    
ARTÍCULO 4°    La Mesa Local Intersectorial dictara su reglamento estructura y agenda de trabajo, teniendo como premisa una reunión mensual como mínimo.-
    
ARTÍCULO 5°  
 La Mesa Local Intersectorial remitirá al Honorable Concejo Deliberante el Reglamento Interno, Estructura, Agenda de Trabajo y Cronograma de reuniones.-
    
ARTÍCULO 6° 
   DE FORMA.-

DADA en la Sala del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiséis días del mes de julio de dos mil veintidós.-

Registrada como Ordenanza N°2883/22.-

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