Ordenanza Nº 2875-22 Promocion del servicion de internet

Ordenanza Nº 2875-22 Promocion del servicion de internet

                                                        Correspondiente Expediente N°4036-1136/2022-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    EXIMASE por el término de un año, del pago a todo tipo de tributos municipales, a las Empresas que inviertan en instalar redes de fibra óptica, para brindar servicio de internet en aquellos barrios, o sectores de estos, que actualmente carezcan de dicho servicio.-
    
ARTÍCULO 2°    Dicha exención alcanzara a toda inversión que se realice, y exclusivamente sobre aquellos tributos que se deberían abonar por las nuevas redes a las que se hace referencia.-
    
ARTÍCULO 3°    El beneficio alcanzara a las obras que se realicen dentro del plazo de 1 (un) año desde la sanción de la presente Ordenanza.-
    
ARTÍCULO 4°    AUTORIZASE a la Agencia de Recaudaciones de Exaltación de la Cruz (AREX) a realizar las bajas administrativas correspondientes.-

ARTICULO 5°    DE FORMA.-
    
    DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, del Partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintiocho días del mes de junio de dos mil veintidós.-
    

    Registrado como Ordenanza N°2875/22.-

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