El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Apruébase los nombres de las calles y alturas domiciliarias, del B° “Olmo Viejo ” de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz, de acuerdo a Anexo I que forma parte de la presente.-
Artículo 2°: Crease el respectivo registro con las alturas domiciliarias correspondiente a cada parcela.-
Articulo 3°: Cumuniquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veintitrés días del mes de Mayo de dos mil cinco.