El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) a favor de NEYRA, Juan titular del DNI N° 24.990.762; quien instalará un emprendimiento del rubro “Mantenimiento y Reparación del motor N.C.P mecánica integral”, ubicado en calle El Picaflor y La Paloma s/n, sito en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción III, Sección B, Manzana 109A, Partida Inmobiliaria N° 031-003137-2 de la localidad de Arroyo de la Cruz, Partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil veintiuno.-