Ordenanza N° 2781-21 – Servicio de agua en Barrio Parque Sakura

Ordenanza N° 2781-21 – Servicio de agua en Barrio Parque Sakura

Corresponde Expediente Nº 4036-998/2021-HCD


El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°    EXÍMASE del pago de la Tasa de Servicios Sanitarios, tanto de conexión como de servicio de agua comprendidos en los artículos 33 y 35 de la Ordenanza Impositiva a los vecinos del barrio Parque Sakura, partido de Exaltación de la Cruz.
    
ARTÍCULO 2°    Se establece que la conexión de los vecinos del barrio Parque Sakura al servicio de agua corriente será voluntario, no pudiendo realizarse ningún cargo impositivo sobre aquellas parcelas cuyos titulares decidan no adherirse al servicio.-
    
ARTÍCULO 3°    Se establece que todos los vecinos del barrio Parque Sakura podrán conservar la bomba de agua doméstica existente en cada uno de los domicilios a la fecha de sanción de la presente, incluso luego de que sea puesto en marcha el servicio de agua corriente en el barrio. No podrá serle requerido su retiro bajo ningún argumento.-
    
ARTÍCULO 4°    DE FORMA.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los diez días del mes de agosto de dos mil veintiuno.-

Registrado como Ordenanza N° 2781/21.-

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