El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción a la Ordenanza N° 2659/20 a las Sras. PALACIO, Gabriela Susana titular del D.N.I N° 20.862.390 y PALACIO, Valeria Elizabeth titular del D.N.I N° 27.729.934, quienes realizarán la subdivisión, mediante un Reglamento de Copropiedad, del inmueble ubicado en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción IV, Sección H, Quinta 11; Parcela 18, Partida Inmobiliaria N° 031-018569-8 de la localidad de Parada Robles, Partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los seis días del mes de abril de dos mil veintiuno.-