El Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1°: Derogese la Ordenanza Municipal N° 088 / 2004, sancionada por este Honorable Concejo Deliberante con fecha seis de Diciembre de dos mil cuatro.
Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adquirir los derechos Posesorios del inmueble ubicado en la localidad de Los Cardales,Partido de Exaltación de la Cruz, designado catastralmente como:
Circunscripción II, Parcela 1830, inscripción de dominio N° 59/ 1920 y según plano características 31-16-45, como lote 1 a nombre de Ignacio Raver, Partida Inmobiliaria 1015.-
Articulo 3°: La adquisición dispuesta en el articulo anterior no podrá superar el valor de $ 16.000 (pesos dieciséis mil) por todo concepto pagaderos en la cantidad de cuotas que fije el Departamento Ejecutivo, de acuerdo a las posibilidades presupuestarias.
Articulo 4°: El Departamento Ejecutivo queda facultado para realizar la instrumentación legal pertinente y tomar posesión del inmueble mencionado en el articulo 2° de la presente.-
Articulo 5°: De forma.-
Dado en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Exaltación de la Cruz, a los veinticinco días del mes de Abril de dos mil cinco.
Registrada Bajo el N° 010/2005.