El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
ARTÍCULO 1° OTÓRGASE a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, la excepción al Código de Zonificación por el término de un año (1 año) a la Sra. GONZALEZ ESTEINOU, Julieta; titular del D.N.I N° 33.239.834, quien instalará un emprendimiento del rubro “Gastronomía y Esparcimiento”, ubicado en la calle Colombia N° 443, en la siguiente ubicación catastral: Circunscripción II, Sección R, Parcela 3961, Sub Parcela 2, Partida Inmobiliaria N° 101.947 de la localidad de Capilla del Señor, Partido de Exaltación de la Cruz.-
ARTÍCULO 2° DE FORMA.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los veintinueve días del mes de diciembre de dos mil veinte.-